viernes, 23 de marzo de 2007

Baremo de la ley de Dependencia

Según leo en El País, hoy puede ser el día que el Consejo Territorial encargado del desarrollo de esta norma apruebe el baremo que va a determinar el grado de dependencia de los usuarios que así lo soliciten. este baremo es fundamental para determinar que grado de dependencia tiene cada ciudadano así como el tipo de prestación o atención a la que puede acceder.

La norma establece dos tipos de baremo que evalúan en qué medida una persona necesita la ayuda de otra para desarrollar distintas actividades: comer, vestirse, desplazarse, etcétera. Hay un baremo general y otro específico para los discapacitados psíquicos y enfermos mentales. La puntuación de todo el proceso no puede sobrepasar el 100. A partir de 75 puntos se considera gran dependencia (serán los primeros en percibir por derecho las prestaciones), entre 50 y 74, dependencia severa, y entre 25 y 49, moderada.

Un baremo aparte evaluará la dependencia de los menores de 3 años. Para estos niños, se tendrán en cuenta los problemas crónicos o prolongados de salud. Se estimará si el niño o la niña sujeta la cabeza, se mantiene sobre sí mismo, si fija la mirada y sostiene objetos, si necesita una sonda para comer o un respirador mecánico, entre otros criterios.

En la revisión del borrador, también se han mejorado las condiciones de atención a los sordociegos y se establece el compromiso de revisar todos los criterios dentro de un año, explicó la secretaria de Estado de Servicios Sociales, Amparo Valcarce. Este real decreto tendrá que ser aprobado en el mes de abril por el Gobierno. En ese momento, las personas dependientes podrán empezar a solicitar su valoración a las comunidades autónomas. Queda pendiente el texto que especificará las prestaciones concretas a las que se tiene derecho en cada grado de dependencia, por ejemplo, cuántas horas al día ha de estar atendido un gran dependiente o la prestación monetaria que debe percibir el familiar que le cuida.

8 comentarios:

Un tipo wysiwyg dijo...

Xavier, ¿ tienes el borrador del reglamento ? Estoy interesado en estas cuestiones desde hace tiempo.

Un tipo wysiwyg dijo...

Hoy 21-04-2007 ha sido publicado en el BOE núm. 96 el Real Decreto 504/2007 por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
Podéis encontrar el texto integro en formato PDF en http://www.boe.es/boe/dias/2007/04/21/pdfs/A17646-17685.pdf

Carmen Esther dijo...

Soy madre soltera de dos niñas mellizas de 1 año, que gozan de buena salud y no trabajo porque tengo que cuidar de mis hijas.
No tengo mas ingresos que la ayuda de mi padre jubilado que vive fuera del municipio de mi residencia. Mi madre es enferma mental y tengo que ir a su domicilio la semana una vez a para ayudarle en los quehaceres de la casa.
Habria alquien que me respondiese a la pregunta siguiente ?
¿Mi caso entra en la Ley de Dependencia?.

Nicole dijo...

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Hipoteca Inversa dijo...

Es increíble la importancia de este baremo y lo que puede cambiar la vida de la gente

Hipoteca Inversa dijo...

Es increí

Alexandra Fernández dijo...

Es increíble la importancia que puede tener este baremo y lo que puede llegar a cambiar la vida de la gente

sofia dijo...

La verdad que si que es importante este baremo, sobre todo en la actual situación de crisis en la que nos encontramos