viernes, 23 de marzo de 2007

Baremo de la ley de Dependencia

Según leo en El País, hoy puede ser el día que el Consejo Territorial encargado del desarrollo de esta norma apruebe el baremo que va a determinar el grado de dependencia de los usuarios que así lo soliciten. este baremo es fundamental para determinar que grado de dependencia tiene cada ciudadano así como el tipo de prestación o atención a la que puede acceder.

La norma establece dos tipos de baremo que evalúan en qué medida una persona necesita la ayuda de otra para desarrollar distintas actividades: comer, vestirse, desplazarse, etcétera. Hay un baremo general y otro específico para los discapacitados psíquicos y enfermos mentales. La puntuación de todo el proceso no puede sobrepasar el 100. A partir de 75 puntos se considera gran dependencia (serán los primeros en percibir por derecho las prestaciones), entre 50 y 74, dependencia severa, y entre 25 y 49, moderada.

Un baremo aparte evaluará la dependencia de los menores de 3 años. Para estos niños, se tendrán en cuenta los problemas crónicos o prolongados de salud. Se estimará si el niño o la niña sujeta la cabeza, se mantiene sobre sí mismo, si fija la mirada y sostiene objetos, si necesita una sonda para comer o un respirador mecánico, entre otros criterios.

En la revisión del borrador, también se han mejorado las condiciones de atención a los sordociegos y se establece el compromiso de revisar todos los criterios dentro de un año, explicó la secretaria de Estado de Servicios Sociales, Amparo Valcarce. Este real decreto tendrá que ser aprobado en el mes de abril por el Gobierno. En ese momento, las personas dependientes podrán empezar a solicitar su valoración a las comunidades autónomas. Queda pendiente el texto que especificará las prestaciones concretas a las que se tiene derecho en cada grado de dependencia, por ejemplo, cuántas horas al día ha de estar atendido un gran dependiente o la prestación monetaria que debe percibir el familiar que le cuida.

martes, 13 de marzo de 2007

Congreso de Valladolid

Leo en el Boletin de Inforesidencias las conclusiones obtenidas en el recientemente celebrado I CONGRESO INTERNACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA en Valladolid los días 22 y 22 de febrero 07.

"Estas son las conclusiones del congreso:

1. La importancia de estar en un marco europeo dónde podamos aprender de otras experiencias y sistemas ya desarrollados en aspectos centrados en la promoción de la calidad.

2. Aprender de sistemas europeos que utilizan estrategias de análisis, de control y de aprendizaje del mismo, a partir de leyes, normativas, instrumentos que tienen la calidad como eje fundamental y desde la corresponsabilidad entre el tercer sector, el sector Público y Privado mercantil.

3. Se hace necesario desarrollar procesos de calidad y certificación a partir de una acreditación de mínimos homogénea para todo el territorio nacional.

4. Los sistemas de acreditación y certificación nos ofrecen instrumentos centrados en la definición de procesos clave tanto estructurales como de atención y de planificación de resultados.

5. El uso de metodologías como el PDCA ( Planificar, Hacer, Controlar y Actuar analítica y protocolizadamente), nos permitirán desarrollar procesos de calidad como oportunidad de mejora.

6. Debemos tener en cuenta la participación efectiva de los clientes ( usuarios, familias, Administraciones), en la definición y evolución continua de los procesos de calidad.

7. Hay que considerar la visión diferencial entre la calidad del cuidado y la calidad de vida, que supone una profundización en los procesos de calidad centrados en la individualización y la personalización, así como en la toma de decisiones.

8. Los servicios de Inspección juegan un importante papel no sólo desde el control, sino también como agencias colaboradoras y creadoras de buenas prácticas e instrumentos para la mejora de la asistencia geroasistencial. Cabe resaltar la aportación de la inspección certificada en calidad.

9. La importancia de la ética en la calidad a través de consejos de ética tanto en el ámbito sociosanitario como el de residencias nos permite replicar experiencias fundamentadas en instrumentos que no sólo persiguen la certificación de la calidad sino la calidad centrada en las personas.

10. Es fundamental dar voz al usuario, sea dependiente o mayor, para conseguir que los sistemas de certificación sean una mejora real centrada en la coherencia, lo que nos debe llevar a que la certificación no sea sólo un proceso sino una oportunidad mejora de la calidad en sí misma.

11. La Ley de Dependencia es un marco general con luces y sombras que debe permitir un abordaje desde cada Comunidad Autónoma partiendo de los sistemas ya existentes en cada una de ellas.

12. Otro aspecto crucial es la formación por unidades de competencia; sólo a partir de procesos de formación continúa podremos asegurar la calidad en el servicio."


Algunas de estas conclusiones son claras dado que deberemos aprender de los errores y experiencias de países de nuestro entorno maás cuando algunos de ellos nos llevan cerca de 20 años de experiencia en esto d ela atención a la dependencia.






sábado, 10 de marzo de 2007

Grados de Dependencia

De acuerdo a articulo 26 de la Ley donde se habla de los grados de dependencia se clasifican en tres grados:


a) Grado I. Dependencia moderada: Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día.

b) Grado II. Dependencia severa: Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador.

c) Grado III. Gran dependencia: Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía mental o física, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona.

En cada uno de los grados de dependencia, se establecerán dos niveles, en función de la autonomía de las personas y de la intensidad del cuidado que requiere.

Dentro de estos tres grados y sus respectivos niveles se han de valorar la situacion de dependencia de los usuarios que soliciten se evaluados, con el objeto de determinar las prestaciones a las cuales tienen derecho.

viernes, 9 de marzo de 2007

Nuevos links

En la sección de Documentos aparecen "linkados" del portal de IMSERSO diversos documentos de vital importancia para entender esta nueva ley. Por una parte, el texto integro de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre en formatos html y pdf. Otro apartado interesante es la de preguntas sobre la ley como también, otros documentos donde una serie de preguntas intentan aclarar un poco más los términos de la ley. Por ultimo, en documentos clave, aparecen referenciados el Libro blanco sobre la dependencia, además de dictámenes del Consejo de Estado y del Consejo Económico y Social, asíimportantes para entender la norma presentada.

jueves, 8 de marzo de 2007

Dependencia

El nombre de este blog hace referencia una ley de reciente entrada en vigor (1 de enero del 2.007) en España. Una ley que permita cambiar de manera significativa la vida de una gran parte de la población este país.
Hablamos concretamente de Ley de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia aunque popularmente es más conocida como Ley de la dependencia.

Bien pues este blog, va a hacer referencia a esta ley, a los cambios que se van a producir después de la puesta en marcha y a los derechos que la misma norma reconoce a una parte importante de las personas en situación de dependencia.

A priori existen muchas expectativas sobre ella , sobre los derechos que reconozca, sobre los posibles beneficiarios de esos derechos, sobre su desarrollo sea más o menos rápido. Esperemos que estas expectativas no se vean truncadas en el desarrollo reglamentario que dicha ley necesita.

Podemos consultar el texto integro de la misma para darnos cuenta de la importancia que esta ley tiene para nuestro pais.